preguntas frecuentes sobre Derechos de Autor

CATEGORÍA 1 – Para Comerciantes
¿Qué establecimientos están obligados a pagar derechos de autor?
Todo establecimiento que use música de forma pública está obligado, incluyendo: restaurantes, bares, discotecas, gimnasios, peluquerías, hoteles, tiendas, centros comerciales y empresas de transporte intermunicipal. Lo exige el Artículo 87 de la Ley 1801 de 2016.
¿Pueden cerrar mi negocio por no tener el certificado?
Sí. La Policía Nacional puede suspender temporalmente tu actividad comercial si en una inspección de rutina no presentas el comprobante vigente de pago de derechos de autor. El riesgo es real y ocurre con frecuencia en Colombia.
¿Con qué frecuencia debo renovar el certificado?
Anualmente. El certificado tiene vigencia de un año. Si vence y la
Policía visita tu establecimiento, quedas expuesto a sanciones aunque hayas pagado en años anteriores. MUSIK PATA TOD@S te notifica antes del vencimiento.
¿El pago de derechos de autor es un impuesto?
No. Es una remuneración por un derecho privado – el permiso de los autores y artistas para que uses su música en tu negocio. Al no ser un impuesto, no hay una entidad estatal que lo recaude de forma exclusiva y puedes elegir libremente con quién pagarlo.
¿Qué pasa si en mi negocio solo suena la radio o un televisor?
Igual debes tener el certificado. La Ley 23 de 1982 establece que
cualquier comunicación pública de música – sea por radio, televisión, celular, USB o en vivo – genera la obligación de pago. No importa el medio, importa que haya público presente.
CATEGORÍA 2 – Legal y Libertad de Elección
¿Estoy obligado a pagar a una sola entidad?
No. La Sentencia C-509 de 2004 de la Corte Constitucional estableció que no existe monopolio para el recaudo de derechos de autor en Colombia. Tienes derecho a elegir libremente con qué entidad gestionar tu certificado. Musik Para Todos es una alternativa completamente legal.
¿El certificado de MUSIK PARA TOD@S es válido ante la Policía?
Sí. La Ley 1801 exige un “comprobante de pago conforme a la ley”,
sin establecer exclusividad de emisor. Nuestro certificado acredita que los derechos han sido gestionados y pagados. Es aceptado por Policía Nacional, Secretarías de Gobierno e Inspectores de Policía en todo el país.
¿Qué digo si hay una entidad que me presiona diciendo que son los únicos autorizados?
Puedes responder: “La Sentencia C-509 de 2004 de la Corte
Constitucional confirma que no existe monopolio de recaudo. Tengo derecho a elegir mi gestor.” Si recibes presión indebida, contáctanos – te acompañamos jurídicamente sin costo adicional.
¿Qué leyes regulan el pago de derechos de autor para establecimientos?
Las principales son: Ley 23 de 1982 (protección del derecho de autor), Ley 1493 de 2011 (espectáculos públicos), Ley 1801 de 2016 Artículo 87 (requisitos para establecimientos) y la Decisión Andina 351 de 1993. Musik Para Tod@s te asesora gratuitamente sobre todas ellas.
¿Spotify Premium o YouTube me permiten poner música en mi negocio?
No. Las suscripciones personales de Spotify, YouTube Music, Deezer o Apple Music son exclusivamente para uso doméstico y privado. Sus términos y condiciones prohíben expresamente el uso comercial. Para ambientar un establecimiento necesitas una licencia de comunicación pública como la que expide Musik Para Tod@s.
CATEGORÍA 3 – Tarifas y Pagos
¿Cuánto cuesta el certificado de derechos de autor?
La tarifa no es fija – depende de 4 variables: tipo de establecimiento, ciudad o zona, capacidad o aforo, y estrato socioeconómico. En MUSIK PARA TOD@S concertamos contigo una tarifa justa según la realidad de tu negocio. Solicita tu cotización gratuita por WhatsApp o en nuestra plataforma.
→ Ver cómo se calcula tu tarifa
¿Cómo se calcula la tarifa de derechos de autor para mi negocio?
Se aplican 5 variables: tipo de establecimiento (bar, restaurante, gimnasio, etc.), ubicación geográfica (ciudad y zona), capacidad de aforo, estrato socioeconómico y la importancia de la música para tu actividad. Un bar paga más que una ferretería porque la música es central para su negocio.
→ Ver cómo se calcula tu tarifa
¿Puedo negociar la tarifa?
Sí, con Musik Para Tod@s. A diferencia de otras entidades que aplica tarifas fijas, nosotros concertamos contigo un valor justo considerando la realidad económica de tu establecimiento. Es uno de nuestros principales diferenciadores.
¿Puedo pagar en línea?
Sí. El proceso de Musik Para Tod@s es 100% digital. Pagas directamente desde nuestra plataforma de forma segura y recibes el certificado inmediatamente después de confirmar el pago. Sin desplazamientos ni filas.
CATEGORÍA 4 – Proceso y Plataforma
¿Cuánto tarda en expedirse el certificado?
El mismo día. Una vez completado el registro de tu establecimiento y confirmado el pago en nuestra plataforma, el certificado se genera de forma inmediata y queda disponible para descargar e imprimir.
¿Puedo obtener el certificado desde cualquier ciudad de Colombia?
Sí. Nuestro proceso es 100% online. Atendemos establecimientos en Medellín, Bogotá, Cali, Barranquilla, Cartagena, Bucaramanga, Pereira, Manizales y cualquier municipio del país, sin importar su tamaño.
¿Qué documentos necesito para solicitar el certificado?
Solo necesitas la camara de comercio, de ahi se extrae la informacíón necesaria: nombre del establecimiento, dirección completa, tipo de negocio, aforo aproximado (número de personas que pueden estar simultáneamente) y datos del propietario o representante legal. Todo se diligencia en línea en menos de 5 minutos.
¿MUSIK PARA TO@S cubre derechos de autor Y derechos conexos?
Sí. Gestionamos tanto los derechos de autor (compositores y letristas) como los derechos conexos (intérpretes y productores fonográficos). Es un servicio integral que nos diferencia de otras entidades.
¿Qué beneficios adicionales tiene contratar con MUSIK PARA TOD@S?
Además del certificado, recibes: asesoría jurídica gratuita ante cualquier inspección o reclamo, acompañamiento legal 24/7, alianza con la UNAD para descuentos en programas educativos para ti y tu familia, y consultoría psicológica con tarifas sociales para nuestros aliados.
¿Cómo contacto a un asesor de MUSIK PARA TO@S?
Puedes contactarnos por WhatsApp haciendo clic en el botón flotante de esta página, a través del formulario de contacto, o directamente en nuestra plataforma. Respondemos en horario de lunes a sábado.
