¿Me pueden sellar el negocio en la primera visita?
Sí. Aunque el Código de Policía contempla medidas progresivas, en la práctica muchas autoridades aplican el sellamiento temporal desde la primera verificación cuando no se presenta el comprobante de pago de derechos de autor. Depende del municipio y del inspector, pero el riesgo es real desde el primer día.
¿Qué hago si ya me sellaron el negocio?
Debes obtener el certificado de derechos de autor lo antes posible y presentarlo ante la Inspección de Policía que ordenó el sellamiento. Con el comprobante en mano, solicitas el levantamiento de la medida. El tiempo para reabrir depende de la agilidad de la autoridad local, pero entre más rápido obtengas el certificado, más rápido puedes reabrir.
¿La Policía puede entrar a mi negocio sin orden judicial?
Para efectos de verificación de cumplimiento del Código de Policía (Ley 1801 de 2016), los Inspectores de Policía y los agentes de la Policía Nacional tienen la facultad de ingresar a establecimientos abiertos al público para verificar el cumplimiento de requisitos legales, incluyendo el comprobante de derechos de autor. No necesitan orden judicial para esto.
¿Pagar SAYCO es la única forma de evitar el sellamiento?
No. SAYCO es una de las opciones, pero no la única. La Corte Constitucional ha confirmado que los establecimientos tienen derecho a elegir cómo cumplir con su obligación de pago de derechos de autor. Existen alternativas legales igualmente válidas. Conoce las alternativas a SAYCO
¿El certificado digital tiene la misma validez que uno presencial?
Sí. El certificado de derechos de autor obtenido de forma digital tiene exactamente la misma validez legal que uno tramitado presencialmente. Lo importante es que acredite el pago de derechos de autor y conexos y que esté vigente al momento de la verificación.


